En realidad un mejor título de este post debió haber estado relacionado con las características que los emprendedores buscan en sus profesionales que los asesoran, sin embargo dado que mi profesión es la legal y es allí donde tengo mi mayor experiencia voy a compartir con ustedes algunas reflexiones de lo que yo pienso que son las características que un abogado que asesora emprendedores debería tener.

Sin embargo, podrían cambiar del título abogado cualquier otra profesión relacionada con emprendimientos comerciales, tales como contador, arquitecto, diseñador o escribano y serían características similares.

Algunas ideas de estas características fueron sugeridas en el blog Venture Law Lines.

Entonces…

10 características buscan los emprendedores en los profesionales que contratan para asesorarlos

1.- Hay que saber que NUNCA es solo negocios y SIEMPRE es personal

2.- No existe el asesoramiento libre de riesgos. El emprendedor debe ser asesorado en un escenario dinámico, con una primaria limitación de los recursos y teniendo en cuenta que la información siempre es asimétrica.

3.- El profesional tiene que tener experiencia. Además de una sólida formación, el principal requisito tiene que ser la experiencia.

4.- El profesional tiene que tener una alta capacidad de resolver conflictos en forma rápida. El emprendedor necesita soluciones siempre para el día anterior a cuando las solicita.

5.- El profesional tiene que entender que el emprendedor necesita un control importante de sus gastos, sin sacrificar calidad del asesoramiento

6.- Hay que buscar el delicado equilibrio entre el consejo que corresponde y lo que el emprendedor quiere o necesita hacer.

7.- Limitar los tecnicismos para el ámbito que corresponde y no para impresionar al emprendedor.

8.- Tener una alta capacidad adaptativa a los cambios, que son moneda usual en un nuevo emprendimiento.

9.- Ser consciente que se requerirán sus servicios fuera del horario normal de trabajo y ello no debe incidir en la relación profesional/emprendedor. Las inspecciones, clausuras o accidentes nunca se dan de 10.00 a 18.00 hs. y de Lunes a Viernes.

10.- Tener una amplia red de contactos. Esto es absolutamente relevante para los emprendedores. Generalmente necesitan mucho más que un asesoramiento sino colaboración en la elección de otros profesionales, proveedores de servicios o potenciales socios.

Es aquel acreedor que no tiene una garantía real de pago (prendaria, hipotecaria) sobre un bien especifico y únicamente posee un titulo de crédito sobre el deudor, la obligación que surge del deudor en estos casos es de carácter personal, y podrá recaer sobre todo el activo del patrimonio del deudor, ejemplo de ello son los pagares.

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La ética del abogado

La profesión de abogado es una de las profesiones que más repercusión tiene en la sociedad y el trabajo de estos profesionales es el resultado en gran medida de la forma de vida de un país, lo que implica que sobre ellos recae una gran responsabilidad de la que deben ser conscientes en todo momento, anteponiendo los derechos y deberes sociales al lucro personal.


Saber leyes no es saber derecho, el abogado debe contar con ambas cualidades y debe saber transmitirlas a través de su trabajo, ya que de este depende el bienestar de sus conciudadanos. Y digo conciudadanos porque el abogado debe ver a sus clientes como ciudadanos que forman parte de nuestra sociedad.

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Podemos mantener un cliente por mucho tiempo, pero de nada sirve si ese cliente no es rentable. Incluso cuando ese cliente es rentable, seguramente podría generar mayores ingresos. En este punto debemos partir del siguiente axioma: “todo cliente podría ser más rentable de lo que es”.

Si no lo es, es porque no hemos sido capaces de encontrar otros servicios para ofrecerle, atenderlo a menores costos o manejar nuestros precios de manera diferente. Al cliente no le interesa si es rentable o no. Es un problema del estudio jurídico optimizar los ingresos que cada cliente arroja a lo largo del tiempo.

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La Habana, 25 mar (PL) La Federación de Mujeres Cubanas (FMC) denunció hoy que nuevamente el tema de los Derechos Humanos es manipulado para atacar a la Revolución, de la cual son parte indisoluble.

“Las cubanas exigimos a la Unión Europea que respete la decisión de nuestro pueblo de enfrentar todas las vicisitudes, de vivir enfrentando un cruel, injusto e ilegal bloqueo, desafiando el terrorismo de Estado, las agresiones biológicas, la guerra mediática, y la escasez antes que vivir de rodillas”, aseveró la declaración.

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Hay una expresión periodística que de tan manida, tiene su gracia. Se trata de la vuelta a la normalidad. En este caso, son los juzgados los que vuelven a esa cosa, la normalidad, tras dos meses de huelga de sus funcionarios.

Es decir, regreso a las mesas cargadas de expedientes en papel grapados con taladradora (sí, con taladradora), a los pasillos atestados de gente, a los juicios suspendidos mil veces por errores de comunicación, a los sistemas informáticos que no conocen aún inútiles fruslerías modernas como Windows, Internet o el correo electrónico, a la esclerosis funcional y al burocratismo decimonónico.

Un ejemplo puede dar idea de cómo está organizado (?) el aparato judicial en España, un prodigio de ultragarantismo y de elefantiasis administrativa. Veamos cómo funciona un juicio rápido en una materia tan frecuente como es la violencia doméstica en fin de semana en Madrid. La policía detiene al agresor, abre diligencias, le toma declaración y le pone a disposición del Juzgado de Instrucción en funciones de guardia.

Este abre Diligencias Previas, le interroga de nuevo y decide sobre su libertad o prisión preventiva. A continuación se inhibe a favor del correspondiente Juzgado de Violencia contra la Mujer, que abre un nuevo expediente, le vuelve a tomar declaración y organiza el juicio rápido.

Si el acusado no está conforme con la petición de pena que formula el Fiscal, el asunto pasa a un Juzgado de lo Penal, que abre una nueva carpeta y celebra la vista oral. Una vez dictada sentencia, si alguna de las partes plantea recurso, el asunto asciende a una sección de la Audiencia Provincial.

Hasta aquí, el caso ha pasado por la policía y por cuatro órganos judiciales diferentes, y en cada uno de ellos con su burocracia correspondiente, toma de datos, notificaciones, fotocopias, paseo de papeles varios y amenísimas estadías en salas de espera, cuando las hay.

Y esto sin contar con posibles recursos de casación ante el Tribunal Supremo o de amparo ante el Tribunal Constitucional. Todo por unas amenazas o lesiones leves. Si el delito es más grave, no les cuento. Y esto en la jurisdicción penal. Las hay más complejas, como la contencioso-administrativa.

El resultado es un enorme cartapacio rebosante de papel muerto cuyas tres cuartas partes apenas sirve más que para deforestar el Amazonas, en el que han intervenido decenas de funcionarios en trámites duplicados, en el que no se ha enviado ni recibido ni un solo correo electrónico y en el que las comunicaciones se han entregado en mano o por fax (sí, la chirriante maquinita de moda a finales del siglo pasado).

En el sector privado, un esquema organizativo así acabaría con la multinacional más sólida en una semana. En nuestro sistema judicial, tras décadas de incuria y desinterés político, es la normalidad.

Resultados reflejan un cambio considerable entre abogados, según un estudio realizado en el 2008 sobre redes sociales

Un nuevo estudio revela que casi un 50% de los abogados son miembros de algún tipo de redes sociales en Internet y más de 40% de los abogados creen que estas redes tienen el potencial de cambiar la forma de hacer negocios y la práctica legal en los siguientes 5 años.

Sin embargo, menos del 10% dice que puede confiar en la red a la cual pertenecen para ayudarles a trabajar más eficientemente. El estudio efectuado a 650 abogados también revela el alto nivel de interés –más del 40%- entre abogados en pertenecer a una red profesional diseñada específicamente para su profesión.

Este estudio llevado a cabo en el 2008, efectuado por Leader Networks – una consultora que ayuda a empresas a crear redes sociales en línea- y comisionado por Lexis Nexis Martindale-Hubbell- el líder en la industria en redes legales y marketing para firmas de abogados- es el primer estudio de este tipo en examinar las prácticas en redes sociales para profesionistas legales.

“La profesión legal es tradicionalmente lenta en adoptar nuevas tecnologías por lo que representa un importante cambio de conducta el hecho que abogados estén listos en utilizar estas herramientas de redes sociales.

Con nuestra especialización en redes sociales para empresas, Leader Networks ha detectado que las comunidades privadas en línea son una de las mejores maneras de conectar a profesionistas en estas redes sociales”. Dijo Vanessa DiMauro, presidente de Leader Networks y autora de “The 2008 Networks for Counsel Survey”. “Reconocemos una necesidad real de una red legal en línea para abogados según los resultados de nuestro estudio”.

“Las redes profesionales en línea es una área de gran crecimiento en la industria legal”. Dice Ralph Calistri, CEO de Martindale-Hubbell y vicepresidente de Global Client Development de Lexis Nexis. “Mientras desarrollamos una red global para la comunidad legal a través de Martindale-Hubbell para finales de este año, un estudio objetivo como este realizado por Leader Networks sirve como una forma importante para nosotros de escuchar a nuestros clientes y guíen nuestros esfuerzos”.

Socializar en estas redes es esencial para los abogados, pero difícil

El estudio encontró que los abogados utilizan herramientas de colaboración y referencias para satisfacer las necesidades de la organización que representan para encontrar clientes, y para identificar abogados especializados y otros recursos. Sin embargo, los métodos tradicionales de networking son muy difíciles:

  • Los abogados particulares calificaron las referencias de clientes o recomendaciones en primer lugar (59%) y referencias de segundos en segundo lugar (55%) como las mejores maneras de networking.
  • El siguiente método mas utilizado para estas actividades son los eventos que uno asiste personalmente (28%) y relaciones entre alumnos (26%)
  • 52% estuvieron de acuerdo con que es muy difícil mantener contacto con sus colegas y conocidos
  • Solamente el 16% sienten que tienen el tiempo para dedicarle a sus oportunidades actuales de socializar en este tipo de redes con sus conocidos
  • Más del 60% acordaron que es muy difícil de hacer contactos en las diferentes conferencias.
  • 61% reportaron que el networking internacional es muy complicado.

El networking en línea se ha convertido en una opción muy clara, sin embargo existen ciertas diferencias generacionales

Según este estudio, los profesionistas legales están empezando a estar “conectados” a través de las redes sociales en línea tanto sus asuntos personales como profesionales; sin embargo, la mayoría de los abogados que utilizan estas herramientas oscilan entre los 25 y 35 años de edad.

  • 54% de los abogados reportaron ser miembros de alguna red en línea tal como: LinkedIn, Plaxo, Facebook o MySpace.
  • 67% del rango de 35 años de edad, 49% entre 36-45 años de edad y 36% entre 46-55 años de edad reportaron ser miembros de alguna red social en línea.

La demanda de redes específicamente para abogados

Mas allá de las redes en línea que han surgido recientemente, un gran numero de abogados privados y abogados corporativos están mas interesados ahora en una red profesional en línea que sea especifica para abogados.

  • 43% de los abogados corporativos y 53% de abogados privados reportan que las versiones actuales de redes y comunidades en línea no les ayudan mucho para trabajar más eficientemente.
  • 54% de los abogados corporativos y 41% de los abogados privados expresaron que contactarse con otros abogados y expandir sus redes personales es lo mas importante que se les puede ofrecer en una red especifica para ellos.
  • Más del 40% de todos los abogados corporativos reportaron gran interés en ingresar a una red en línea que sea para abogados.

Los 5 atributos más importantes que toma en cuenta un abogados corporativo al decidir entrar a una red profesional son:

  • Accesar a información que no sea posible accesar de otra manera. (46%)
  • La facilidad de intercambio de información/experiencias. (45%)
  • La habilidad de identificar, evaluar y seleccionar rápidamente a los abogados privados. (29%)
  • Encontrar al abogado “adecuado” directamente. (26%)
  • Velocidad de colaboración. (21%)

Los abogados buscan marcas reconocidas para encontrar redes

Este estudio encontró que los abogados están buscando marcas ya establecidas que son respetadas y confiables en la industria legal para que proporcionen están redes profesionales.

Los que respondieron revelaron que las siguientes organizaciones serian las mas adecuadas de proporcionar una red profesional para abogados:

  • 48% de los abogados identificar a Martindale-Hubbell como la organización mejor posicionada
  • 28% identifico al “American Bar Association” como la organización mejor posicionada
  • 25% identifico al “Association of Corporate Counsel” como la organización mejor posicionada.

Abogacía, Justicia y Ética Profesional

Un análisis no superficial del asunto de la Ética profesional y la legalidad en el ejercicio de la abogacía, debe considerar varios puntos de referencia.

Un análisis no superficial del asunto de la Ética profesional y la legalidad en el ejercicio de la abogacía, debe considerar varios puntos de referencia, desde la Ética en amplio sentido, es decir los principios morales “generalmente aceptados” -como dirían los contadores-, o de los códigos o principios de Ética profesional que guían al abogado y hasta su ética y/o moral religiosa personales.

Otro aspecto es la legalidad en el ejercicio de esta profesión, y una tercera referencia, es la interpretación casuística de “legitimidad” en el trabajo del abogado. Esta concepción algo etérea de legitimidad, lleva a un juicio colocado más en una interpretación crítica que en una confrontación con la Ética o con la ley a la letra de ambas, más que a su espíritu.

El asunto sería si hay conflicto de intereses real, pragmático, aunque no caiga dentro del texto de las leyes o la ética definida por la profesión.

Llevando la legitimidad al principio, nos planteamos si el abogado tiene como fin profesional la búsqueda de la justicia de ley por los tribunales, o si su objetivo es obtener para su cliente una decisión jurídica favorable. Si el abogado buscara la aplicación justa de la ley, entonces ninguno podría quizá defender a un indiciado culpable ante sus ojos de jurista, en especial aquel que le confiesa su culpabilidad.

Es importante señalar, sin embargo, que un juicio personal (profesional) sobre la culpabilidad o no de un presunto cliente, puede ser errónea. Las apariencias pueden engañar, y bajo un análisis concienzudo, un aparente culpable puede resultar inocente, aunque evidencias digamos circunstanciales parezcan indicar lo contrario. En ocasiones no es fácil que un abogado defensor pueda, a priori, saber si quien le solicita sus servicios profesionales es o no culpable.

Sin embargo, en la práctica, hay abogados cuyo eventual objetivo es alegar de tal forma en defensa de un cliente que ha violado la ley, que logre precisamente librarlo de la aplicación de la justicia. Su cliente debe ser exonerado si se puede, y si no al menos lograr la menor penalidad o condena posible de parte del juzgador. El caso extremo de un homicida, es que su abogado busque a toda costa, legal o extralegalmente, que se libre de la cárcel, es decir que la justicia no se aplique.

¿Es legítima esta práctica jurídica de librar al cliente de la justicia legal?

Un abogado que defiende a la parte culpable, digamos para evitar el pago de una deuda que conforme a la ley y la evidencia disponible debe pagar a su acreedor,

¿tiene legítimamente derecho profesional de ayudarle a evadir el pago debido, recurriendo a manipulaciones en la interpretación de la ley?

¿Qué dicen los códigos de ética al respecto?

La moral pública generalmente condena esta práctica de conseguir la evasión de la ley, como ejercicio ilegítimo de la abogacía.

Hay abogados fiscalistas que viven de ayudar a sus clientes a evadir el pago de impuestos o multas y recargos que, con apego a las leyes, la Autoridad fiscal les está cobrando. La práctica es defender al contribuyente evasor o moroso buscando errores de procedimiento administrativo o legal, que le permitan librarlos de pagos que legítimamente deberían de hacer al erario público.

No se trata aquí de defender al contribuyente a quien la misma Autoridad fiscal le hace cargos indebidos, lo cual está bien, pues es la aplicación real de la justicia, sino de ayudar a eludir o evadir adeudos fiscales.

¿Es esta práctica legítima, es conforme a códigos de ética o a juramentos profesionales?

Pasando al caso de la moralidad o legitimidad de que un legislador litigue simultáneamente, cuando la ley no lo regula, tiene detractores y defensores. El legislador-abogado litigante puede alegar en su favor que defiende una causa justa, lo cual parece aceptable, pero necesitaría, para legitimarse, algo muy difícil, no recurrir en forma alguna a su posición influyente de figura política destacada, no hacer tráfico de influencias.

No se trata de que este litigante utilice su fuerza política a favor de su causa, sino de que prácticamente es muy difícil que un funcionario menor, un juez o un magistrado no se sienta intimidado por el poder político real que un legislador-litigante tiene, aunque éste no tenga intención consciente y deliberada de usar su peso político.

Ante la duda, y de acuerdo al dicho “no hagas cosas buenas que parezcan malas”, los abogados en función legislativa deben abstenerse de litigar. En esta línea de pensamiento, lo ideal es no dejar la decisión a la discreción del abogado, sino establecer por ley la prohibición de ejercer ambas funciones simultáneamente, por salud social. Esto incluye no litigar a través de terceros, es decir como el cerebro gris detrás del trono -perdón, del Despacho.

Otro asunto importante es el litigio a favor de un particular en contra del Estado. Si una Autoridad ha violentado la ley, privando a un particular de derechos que le corresponden, el abogado que lo defiende actúa con toda legitimidad. Si este litigante es actor político destacado, no se le puede acusar de atentar contra el Estado, pues lo que pretende es evitar que funcionarios públicos con autoridad lleven a cabo o persistan en la violación de derechos de un particular.

Ante las dudas de legitimidad en el ejercicio de la abogacía, como profesión en búsqueda de la aplicación de la justicia, lo ideal es llegar a la óptima claridad en cuanto a definición ética por la parte ciudadana y profesional, y a la más clara definición legal de parte del Estado.

Si, obviamente. Se necesitan contratos por escrito para definir con precisión las relaciones que tendrán con los individuos que interactúan en su negocio. Siempre es mejor la previsibilidad y ésta se logra de esta forma.

Dejando de lado la obligatoriedad de ciertas formas exigida por la legislación a los efecto de la validez de algunos contratos en particular, formas “ad solemnitatem” se les dice y un ejemplo sería la necesidad de escritura pública a los efectos de una compraventa de inmuebles, la realidad es que la forma por escrito es una necesidad que hace a la prueba de la relación comercial y a la interpretación de su alcance.

Desde mi punto de vista, la posibilidad de negociar un contrato y formalizarlo por escrito sirve para dos propósitos:

1.- Define y precisa el alcance de las relaciones entre los sujetos y todos saben que esperar por lo que las posibilidades de conflictos se reducen.

2.- Sirven para reducir los costos asociados con el conflicto, en caso de su inevitabilidad. Por ejemplo, en un contrato se puede establecer cláusulas de arbitrajes, prórrogas de jurisdicción, renuncias a recusaciones sin causa de los jueces, mediación obligatoria previa, constitución de domicilios, etc…

La idea relacionada con esto sería que en la medida de lo posible siempre pueda formalizarse por escrito una relación contractual y, sepan, en todo momento de nuestras vidas, en toda interacción comercial que realizamos, existe un contrato.

Obviamente y debido al tenor de lo que comercializamos, hay casos donde el contrato por escrito no se necesita porque muchas veces se agota con la prestación que recibimos o es de una cuantía mínima que no vale la pena realizarlo pero, volvemos a lo mismo, siempre que la relación esté destinada a permanecer en el tiempo o que el bien que se comercialice sea de una cuantía económica significativa, el mejor consejo es celebrar ese contrato por escrito.

Consejos

ContratoEl contenido exacto de un contrato depende de la relación de contenido patrimonial sobre el cual las partes pretenden acordar sus voluntades. Sin embargo, hay elementos que nunca pueden faltar, por ello, cuando ustedes tengan que pensar en como formalizar un contrato, nunca dejen de considerar que necesariamente deberá contemplarse:

1) El Consentimiento:
Implica la manifestación de las partes en el sentido de querer obligarse, comprometiéndose a realizar una prestación determinada. (la “declaración de voluntad común”) . Se requiere una manifestación externa del consentimiento, lo cual puede ser en forma expresa o en forma tácita. Sus términos son “oferta” y “aceptación”. “El consentimiento debe manifestarse por ofertas o propuestas de una de las partes, y aceptarse por la otra. Para ser válido se requiere que el consentimiento sea expresado con: discernimiento, intención y libertad.

2) Objeto:
Es el contenido concreto e integral del acuerdo. Tiene que ser lícito, posible y determinado, además que las prestaciones deberán ser susceptibles de apreciación económica. El contenido del contrato nunca podrá afectar el orden público, ser ilícito o de cumplimiento imposible.

3) Causa:
Tiene que tener una causa ya que ésta es la razón que determina ese acuerdo de voluntades que es el contrato.

Obviamente que hay muchísimas cuestiones adicionales relacionadas con los contratos que deberían considerarse, sin embargo, solo con estas tres cosas que les señalo ya existiría un contrato y Ustedes habrán logrado el cometido perseguido.

Evitar Sanciones Penales

A veces es más que obvio, por ejemplo cuando lo demandan o cuando lo arrestan o acusan de un delito. Pero tenga presente que es común que la gente contrate a abogados para obtener asesoramiento y experiencia, en todo tipo de situaciones.

Si bien puede superar un problema legal sin contratar a un abogado, recuerde lo que dice el refrán, “quien se representa a sí mismo, tiene un tonto como cliente”.

Una de las principales preguntas que debe hacerse para decidir si consultar a un abogado o no es: “¿Qué está en juego?”. Cuando sus finanzas o libertades están en grave riesgo, la opción más indicada es obtener ayuda legal.

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